La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Piura (ORI Piura) inició un procedimiento administrativo sancionador a la Institución Educativa Particular (IEP) San Juan S.A.C. propietaria del colegio privado ‘Americano’, por infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor, al no informar adecuadamente sobre el cierre del mencionado plantel.

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De acuerdo a las indagaciones realizadas por la Secretaría Técnica de la ORI Piura, la IEP San Juan S.A.C., habría incumplido lo establecido en el inciso b. del literal 1.1 del artículo 1° y en los artículos 2°, 18° y 19° del Código, debido a que no habría informado de manera adecuada y oportuna a los padres de familia que el servicio educativo contratado para el año escolar 2019 se encontraba sujeto a la matrícula de un determinado número de alumnos.

Ni bien conocido el cierre del referido establecimiento educativo, supervisores de esta sede regional realizaron una inspección en sus instalaciones, ubicadas en avenida Independencia Mz. H Lote 8 del distrito de Castilla, con el fin de conocer los motivos del cierre y especialmente verificar las acciones emprendidas con los escolares que sí llegaron a ser matriculados.

La entidad educativa ha informado que 29 alumnos han sido traslados a las instituciones educativas Exitu’s y Premiun, mientras que otros 46 tramitaron su traslado a diferentes centros escolares. La ORI Piura verifica las acciones emprendidas para que el proveedor respete el monto de matrícula, pensión y facilidades con el uso del uniforme y textos escolares que ya habían sido adquiridos. En tanto, 32 padres de familia solicitaron la devolución del dinero pagado.

Es importante precisar que el inicio de un PAS obedece a la existencia de indicios sobre la presunta infracción a las normas del Código, como se ha expresado y, de ninguna manera, constituye un prejuzgamiento sobre el resultado del procedimiento ni la responsabilidad del proveedor.

La institución da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual precisa que “(…) Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público.

En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente, en atención a los intereses de los consumidores afectados y no constituya violación de secretos comerciales o industriales”.

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