A dos semanas del inicio de año escolar 2023, las instituciones educativas piden la lista de útiles, a veces, de determinadas marcas o establecimientos. Frente a esta común situación, Edgar Vilela, jefe de la Oficina Regional de Indecopi, aclaró que los colegios tienen prohibido hacerlo y los padres de familia pueden denunciarlos si incurren en esta mala praxis.

Una vez contratado el servicio educativo, está prohibido que los colegios direccionen la compra de útiles y textos escolares a un establecimiento determinado o que incluyan en la lista productos de determinadas marcas“, explicó a Walac Noticias el especialista.

Según el representante regional de Indecopi, la exigencia de un producto de determinada marca viola la libertad de los padres de decidir qué comprar de acuerdo a sus necesidades. Asimismo, señaló que no se puede exigir los útiles completos desde el inicio de año.

Por otro lado, Edgar Vilela recalcó que los únicos pagos que le corresponden a los padres de familia son la cuota de ingreso, la matrícula —la cual no puede exceder el monto de la mensualidad— y la pensión. “Cualquier otro tipo de cuota está prohibida a menos que tengan autorización de la autoridad sectorial correspondiente“, puntualizó.

Indecopi: supervisión y reclamos

Indecopi: "Los colegios no pueden exigir útiles de determinadas marcas"
La oficina en Piura de Indecopi se halla ubicada en la Av. Los Cocos 181.

El funcionario indicó a este medio que, en el año 2022, Indecopi supervisó 15 colegios de manera aleatoria, junto a otros 14 de los que recibieron quejas por parte de los padres de familia.

La naturaleza de estas supervisiones son acciones orientativas que le permiten al colegio corregir (malas) conductas por medio de alertas y advertencias

En el caso de presentarse conductas que están fuera de los parámetros permitidos, los padres de familia pueden presentar un reclamo a través del servicio de atención al ciudadano; como también pueden ampararse en órganos resolutivos que puedan conocer el problema y emitir un pronunciamiento.

En el segundo caso, el proveedor queda sujeto a sanciones que impone el código de protección al consumidor, las cuales pueden oscilar entre la amonestación y 450 UIT; es decir, más de 2 millones de soles, apuntó el miembro de Indecopi.

Los canales de atención son los siguientes: [email protected] y [email protected]. De igual forma, los padres que tengan algún reclamo pueden apersonarse a las oficinas y realizar la acción de oficio.

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