La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Piura (ORI Piura) sancionó con 20 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/ 84 000 (ochenta y cuatro mil soles), a la Institución Educativa Particular San Juan S.A.C., en calidad de promotora del colegio privado ‘Americano’.

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Esto por vulnerar el Código de Protección y Defensa del Consumidor en perjuicio de 67 alumnos, quienes no pudieron cursar el presente año lectivo en este plantel debido a su cierre intempestivo.

De acuerdo a la Resolución N° 650-2019-Piura/Indecopi, la promotora infringió los artículos 1° inciso b y el 2° del Código, al no cumplir con informar a los padres de familia que el servicio educativo para el año escolar 2019 se encontraba sujeto a la matrícula de un determinado número de alumnos.

Estos artículos están referidos al deber que tienen los proveedores a brindar información adecuada a los consumidores y al derecho de estos a recibirla.  Por tal razón, se le impuso una multa de 10 UIT.

La Comisión de la ORI-Piura concluyó además que la promotora vulneró el artículo 73° del Código, que obliga a los proveedores del servicio educativo a prestar un servicio idóneo.

Ello, debido a que no cumplió con informar oportunamente a los padres de familia sobre la cancelación del servicio educativo contratado para el presente año lectivo, imponiéndole por ello 10 UIT adicionales.

Como medida correctiva, esta promotora educativa deberá cumplir con acreditar:

  • Las acciones realizadas con cada uno de los alumnos matriculados para que puedan ser traslados a otros colegios, emisión de constancias de matrícula, entre otros.
  • La devolución de los gastos incurridos por los padres de familia, tales como: matrícula, cuota de ingreso, útiles escolares, uniformes, entre otros.

Esta resolución es pública y puede verse en este enlace: https://bit.ly/2m2BV0A

Hay que precisar que la empresa promotora sancionada está dentro del plazo para presentar recurso de apelación, si así lo considera.

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