Un hombre imprimió 343 correos electrónicos que registraban las conversaciones de su esposa, en donde se demostraban que esta le era infiel. Los presentó ante el juzgado para sustentar el adulterio, y así obtener el divorcio y la custodia de sus hijos. Pero no tuvo éxito.

También puedes leer:

|Rescatan a tres niños abandonados y encadenados en su vivienda

|¡Ya no más números! Ahora calificarán así a tus hijos

El caso llegó hasta la Suprema Corte mexicana, y para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones, el colegiado determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena.

En esta lógica, un correo electrónico es interceptado cuando –sin autorización judicial o del titular de la cuenta- se ha violado el password o clave de seguridad. Es en ese momento, y sin necesidad de analizar el contenido de los correos electrónicos, se consuma la violación al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.

Asimismo, la Corte desestimó que el demandante tuviera derecho a revisar el contenido de las conversaciones de su esposa, por ser el propietario de la computadora.

No te pierdas en Instagram:

En Twitter: