El propietario y encargada de un bar fueron intervenidos por la Policía por el presunto delito de Trata de Personas, tras hallar a una menor de 15 años que aparentemente ejercía trabajos como dama de compañía, en el distrito de Castilla.

La intervención de E.C.V. (34) y P.V.A. (25), se produjo la noche de este sábado 04 de febrero, en el restaurante conocido como “Copa llena”, situado en la manzana P del asentamiento humano Valle La Esperanza, donde detectives de la Divincri hallaron a la adolescente de tan solo 15 años atendiendo a los clientes.

Según informó la Policía, en el registro del local se encontró un cuaderno donde los intervenidos anotaban el consumo de las mujeres que laboran en el local como damas de compañía, encontrando en la lista el nombre de la menor.

Con las evidencias, la Divincri trasladó a los detenidos a su sede para continuar con las investigaciones. Del mismo modo, se comunicó a la Fiscalía Especializada en delitos de Trata de Personas para las diligencias.

Condenas por Trata de Personas

Como se sabe, la Ley 31146, establece mecanismos para garantizar y asegurar la representación procesal de niñas, niños y adolescentes y la reparación civil de las víctimas de trata de personas y de explotación sexual, lo que representa un aporte fundamental a nivel procesal, pues se definen criterios para determinar las reparaciones civiles integrales y adecuadas que deben recibir las víctimas de trata.

Entre las modificatorias figuran las formas agravadas de la trata de personas, especificada en el artículo 129-B.

La pena será no menor de 12 ni mayor de 20 años de pena privativa de libertad e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1,2,3,4 y 5, del Código Penal cuando:

  • El agente comete un hecho abusando del ejercicio de la función pública.
  • El agente es promotor, integrante o representante de una organización social, tutelar o empresarial, que aprovecha esta condición y actividades para perpetrar este delito
  • Existe pluralidad de víctimas.
  • La víctima tiene entre 14 y menos de 18 años de edad o es incapaz.
  • El agente es cónyuge, conviviente, adoptante, tutor, curador, pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o tiene a la víctima a su cuidado por cualquier motivo o habitan en el mismo hogar,
  • El hecho es cometido por dos o más personas.
  • La víctima se encuentra en estado de gestación.

La pena será privativa de libertad no menor de 25 años, cuando:

  • Se produzca la muerte, lesión grave o se ponga en inminente peligro la vida y la seguridad de la víctima.
  • La víctima es menor de 14 años de edad o padece, temporal o permanentemente, de alguna discapacidad física o mental.
  • El agente es parte de una organización criminal.

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