La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) aprobó criterios para la adaptación de la educación no presencial, con carácter excepcional de las asignaturas por parte de universidades y escuelas de posgrado.

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A través de la resolución N°039-2020-Sunedu-CD, publicada este domingo en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se aprueban los “criterios para la supervisión de la adaptación de la educación no presencial, con carácter excepcional”

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Es preciso mencionar que la universidad puede desarrollar adaptaciones no presenciales para la prestación de las asignaturas de su programas académicos comprendidos en su oferta autorizada.

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Finalmente, Oswaldo Delfín Zegarra, superintendente de la Sunedu, expresó que los criterios establecidos serán supervisados y fiscalizados por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.

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