El Gobierno autorizó el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). De esta manera, los trabajadores podrán acceder de manera extraordinaria de la totalidad de su CTS a partir del 6 de junio. Conoce aquí hasta cuando puedes presentar tu solicitud de retiro.
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¿Qué tengo que hacer para retirar mi CTS?
Esto son los pasos para que los empleados beneficiarios puedan retirar su dinero:
- Primero, averigua en qué banco o caja rural se encuentra depositado su CTS. Puedes consultarlo con tu empleador.
- Para retirarlo personalmente puedes acudir a algún cajero o ventanilla de tu banco y solicitar el retiro.
- Si deseas mover tu dinero de manera virtual, mediante la banca móvil de tu entidad financiera, debes verificar que tu cuenta diga “saldo disponible” y hacer la transferencia a una de tus tarjetas.
¿Cuándo puedo retirar mi CTS en las cajas municipales?
Según indicó la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC), desde el domingo 05 los beneficiarios pueden retirar su CTS. En el caso de los retiros en ventanilla, estos se habilitarán desde este lunes 6 de junio.
Además, como ya se indicó, desde este lunes 06 de junio ya existe la posibilidad de retirar la CTS en la mayoría de bancos:
- BCP: lunes 6 de junio
- BBVA: lunes 6 de junio
- Scotiabank: lunes 6 de junio
- Interbank: martes 7 de junio
- Banco Ripley: lunes 6 de junio
- Mi banco: lunes 6 de junio
¿Quiénes podrán cobrar la CTS?
Podrán acceder a la devolución de aportes:
- Los trabajadores del régimen privado que laboran en promedio, como mínimo, una jornada mínima diaria de cuatro horas.
- Los trabajadores de la pequeña empresa, pero a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
- En el caso de los trabajadores del régimen agrario, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico; sin embargo, el colaborador puede elegir que le sea abonada de manera diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
- Conforme a la Ley N° 31047 y el DS 009-2021-TR, tienen derecho al depósito de la CTS las trabajadoras del hogar que laboren una jornada mínima de cuatro horas diarias.
Se excluye a:
- Los que no tienen derecho a percibir este beneficio son los trabajadores en general que hayan laborado una jornada menor a cuatro horas diarias.
- Tampoco los trabajadores de la microempresa, contratados después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype).
- Los trabajadores que tienen menos de un mes de servicios no reciben su CTS.
- Se excluye de este beneficio laboral a los trabajadores del sector público, los informales, los que emiten recibos por honorarios.
Link de CTS con DNI 2022: ¿será más de un retiro?
Un aspecto importante a considerar es el hecho de que la norma señala que se autoriza a retirar los fondos de la CTS “por única vez”.
Carrillo aclara que esto no significa que sea un solo retiro, sino que la autorización del retiro se genera por una “coyuntura única” (la pandemia del covid-19). Por lo tanto, concluye, los trabajadores podrán retirar total o parcialmente su dinero en la CTS desde el 06 de junio hasta el 31 de diciembre del 2023, tendiendo un rango de casi 19 meses para hacer uso de dichos fondos.
Link de CTS con DNI 2022: ¿Los trabajadores CAS podrán cobrar CTS?
Actualmente, hay más de 270 mil trabajadores estatales en el régimen del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) Este grupo de servidores públicos no cuentan con estabilidad laboral ni reciben el pago de sus derechos laborales como la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), gratificaciones, bono por escolaridad, pago de horas extras, entre otros.