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    Impuesto al uso de las bolsas de plástico se incrementa a S/ 0.40

    Lizbeth Silva Távara2 enero, 2022
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    Foto: Andina
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    El impuesto a la adquisición de bolsas de plástico para este año será de S/ 0.40, es decir, S/ 0.10 adicionales al monto vigente en el 2021, de acuerdo con la Ley N° 30884, que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, aprobada por el Congreso, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

    FOTOGRAFIAPrecisamente, el objetivo de esta norma es desincentivar en los ciudadanos el uso de bolsas de plástico para contribuir con la conservación del medioambiente y el desarrollo sostenible.

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    La aplicación de este impuesto, vigente desde agosto del 2019, es gradual y corresponde a la adquisición de cada bolsa de plástico (por unidad) que el cliente (consumidor final) adquiera. El artículo 12 de la Ley N° 30884 precisa que la aplicación del impuesto al consumo de las bolsas de plástico a partir del 2023 y años siguientes será de S/ 0.50.

    Este impuesto grava la compra de las bolsas de plástico en los establecimientos comerciales o de servicios, y que están afectos al impuesto general a las ventas (IGV), tales como los supermercados y tiendas por departamentos, entre otros, informó la Sunat.

    Para ello, los establecimientos comerciales y de servicios (agentes de percepción) deberán consignar en el comprobante de pago que emitan la cantidad de bolsas entregadas y el importe total del impuesto al consumo percibido que no forma parte de la base de aplicación del IGV.

    De acuerdo con la citada ley, el impuesto al consumo de las bolsas de plástico será declarado y pagado a la administración tributaria por los agentes de percepción con una periodicidad mensual; por ello, deben adecuar sus sistemas para hacer efectivo el cobro por el incremento a S/ 0.40, que regirá desde enero del presente mes.

    Trabajadores independientes

    La Sunat informó también que para el presente período fiscal; los trabajadores independientes (cuarta categoría) que emitan recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen los 3,354 soles no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta del impuesto a la renta, de acuerdo con la R. S. Nº 000203-2021/Sunat.

    Agrega además que quienes proyecten que sus ingresos durante el 2022 por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categorías no superarán los 40,250 soles podrán solicitar la suspensión de las retenciones y/o sus pagos a cuenta del impuesto a la renta.

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