Si vives con tu pareja y cuentas con el seguro de EsSalud, debes saber que, aunque no esté casados, puedes asegurar a tu concubino o conviviente. Aquí te explicaremos todo lo que debes hacer para que él o ella pueda acceder al seguro social.

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El trámite y registro están a cargo del empleador o empresa en la que trabajas, para ello, debes entregar estos documentos:

  • El Formulario Único de Registro debe estar correctamente lleno y sin borrones. Encuéntralo dando click aquí.
  • Presentar el DNI de la persona que desees asegurar.
  • Copia del documento de Reconocimiento de la unión de hecho por Resolución Judicial o Escritura Pública ante notario público.  Esto sirve para acreditar la verdadera condición de concubino/a.

La afiliación se da de forma automática una vez que el empleador (empresa en la que trabajas) presente todos los documentos solicitados.

¿Cuándo tu conviviente podrá usar el seguro de EsSalud?

El asegurado y sus familiares que estén afiliados a EsSalud podrán utilizar la cobertura pasados 3 meses de aportes. Luego de finalizar el período de carencia, y después de 3 meses, podrán tener derecho a acceder a la cobertura.

¿A quiénes puedes afiliar a tu seguro de EsSalud?

Puedes afiliar a tu cónyuge o concubina, y a tus hijos hasta que cumplan los 18 años de edad.


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