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    Ejecutivo autoriza 33 bonos de alquiler para damnificados por lluvias

    Estuardo Cáceres1 marzo, 2026
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    Ejecutivo autoriza 33 bonos de alquiler para damnificados por lluvias
    Ejecutivo autoriza 33 bonos de alquiler para damnificados por lluvias
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    El Ejecutivo autorizó una nueva entrega del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) destinada a familias afectadas por las intensas lluvias.

    La medida quedó oficializada mediante la Resolución Ministerial N.º 063-2026-VIVIENDA, publicada en el diario oficial El Peruano. Se trata de la quinta convocatoria del 2026 y contempla la asignación de 33 subsidios, cada uno por S/ 500 mensuales durante un plazo máximo de hasta dos años.

    Apoyo temporal para viviendas colapsadas

    El BAE se creó por la Ley N.º 31526 como un mecanismo de atención temporal para familias cuyas viviendas hayan colapsado o estén inhabitables a causa de desastres naturales o eventos inducidos por acción humana, siempre que el área esté declarada en Estado de Emergencia.

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    El subsidio permite cubrir el arrendamiento de una vivienda dentro del mismo departamento afectado, ofreciendo una alternativa habitacional mientras se estabiliza la situación de los damnificados.

    Publicación de beneficiarios y proceso

    La relación de potenciales beneficiarios se difundirá en las plataformas digitales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y del Fondo MIVIVIENDA. Así como en las municipalidades y centros de atención al ciudadano de las regiones comprendidas.

    Los interesados disponen de un plazo máximo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución, para presentar la solicitud firmada por el representante del grupo familiar, una declaración jurada de no contar con otra vivienda en el mismo departamento y el contrato de arrendamiento con firmas legalizadas, o una declaración que sustente la imposibilidad de dicha legalización.

    Las municipalidades deberán remitir la documentación al ministerio en un plazo de dos días hábiles tras el cierre de recepción. Posteriormente, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo validará la información y enviará la lista final al Fondo MIVIVIENDA para la ejecución del beneficio.

    El cómputo del subsidio se inicia con el primer cobro que realice el beneficiario en el Banco de la Nación. Las fechas para este desembolso se publicarán en los portales oficiales.

    Plazos estrictos

    Las autoridades precisaron que quienes presenten la solicitud fuera del plazo establecido perderán el derecho al bono. Por ello, exhortaron a los potenciales beneficiarios a cumplir con los tiempos y requisitos establecidos.

    Estuardo C.
    Estuardo Cáceres
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    Periodista de la Universidad de Piura. Apasionado por la música, el cine y la literatura. Con vocación por servir a la sociedad e incentivar la igualdad de derechos y el cuidado del medio ambiente y los animales.

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