Las personas que agredan físicamente a los fiscalizadores de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) recibirían una pena de entre 6 y 12 años de prisión por el delito de lesiones graves.
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La pena se agrava si como consecuencia del ataque a los inspectores se produjera la muerte. En ese caso, el delito será sancionado entre 15 a 20 años de cárcel.
Así lo establece el Decreto de Urgencia N° 019-2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), con el cual se modifica el artículo 121 del Código Penal.
El objetivo de esta medida es imponer el principio de autoridad que tienen los funcionarios constituyéndose como una medida disuasiva, al accionar violento que muestran algunos ciudadanos a la labor de fiscalización de la Sutrán.
Medios físicos
La normativa también permite al mencionado organismo utilizar medios físicos o mecánicos necesarios contra aquellos infractores que se resistan al cumplimiento de las medidas preventivas aplicadas.
El decreto también precisa que la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías es el ente encargado de fiscalizar a las Escuelas de Conductores y Establecimientos de Salud.
Aquellos que no permitan a los fiscalizadores realizar su trabajo serán sancionadas con la cancelación de su autorización para prestar el servicio y no podrán obtener el permiso nuevamente.
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