Desde el 1 de enero del 2019, los trabajadores que generan rentas de cuarta (independientes) y quinta categoría (dependientes) podrán deducir el 15% de sus gastos en consumos por servicios de hoteles, restaurantes y bares. Hasta S/12.600. Esto debido a la Sunat modificó la normativa sobre comprobantes de pagos electrónicos para la deducción de gastos por servicios para la determinación del Impuesto a la Renta.
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En ese sentido, la deducción de los gastos por servicios de hoteles, restaurantes y bares podrán alcanzar hasta las 3 UIT, aplicables al pago de Impuesto a la Renta.
¿Qué documentos se necesita para sustentar dichos gastos?
La resolución emitida por la Sunat establece que las boletas de venta electrónica, ticket POS, ticket monedero electrónico, nota de crédito y débito electrónicas se pueden utilizar como sustento para dicha deducción adicional.
En el caso de que los montos de la operación superan los S/700, se deberá emitir boleta de venta electrónica.
Requisitos para la deducción
La Sunat estableció que los trabajadores que generan rentas de cuarta y quinta categoría podrán deducir el 15% de sus gastos en consumos por servicios de hoteles, restaurantes y bares siempre que se identifiquen con su DNI y RUC.
Asimismo, cuando el documento que sustenta el gasto es un comprobante de pago, el emisor deberá tener la condición de habido al 31 de diciembre del 2019 y tener el estado de activo en el RUC.
Además, la Sunat exige que para que los gastos pagados en el 2019 puedan ser deducidos del Impuesto a la Renta, los servicios deberán haber sido pagados como máximo hasta el 31 de diciembre del 2019.
Para realizar las deducciones de gastos, se puede acceder a través del portal web de la Sunat, con el RUC, usuario y contraseña; o DNI y contraseña.
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