Como parte de la política de digitalización de los servicios y procedimientos, el gobernador regional, Servando García Correa, informó la aprobación de una Directiva General emitida por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Dicha directiva, permite que empleadores, organizaciones sindicales y funcionarios públicos puedan realizar reuniones virtuales de conciliación en el marco de una negociación colectiva, así como también reuniones informativas, extra proceso y mesas de diálogo.

De esta manera, se contribuirá a evitar riesgos de contagios en la lucha contra el Covid-19.

También te interesa:

Clausura local de MAPFRE por no contar con certificado de desinfección vigente

Inicia inscripción de becas para hijos de docentes

Además, con la publicación de la directiva general se garantizará el desarrollo de mecanismos virtuales para prevenir y solucionar conflictos colectivos de trabajo, y evitar así riesgos de contagios.

Directiva

“Se trata de la directiva general para la realización de reuniones virtuales en el marco de los conflictos laborales de naturaleza colectiva durante la emergencia sanitaria por la Covid-19, aprobado por Resolución Ministerial 092-2020-TR del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”, sostuvo García Correa.

La directora regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Ana Fiorela Galván Gutiérrez, manifestó que el objetivo de estas disposiciones es que los funcionarios de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos del Gobierno Regional Piura, los representantes de las organizaciones sindicales y los empleadores de la actividad privada puedan utilizar estos mecanismos virtuales para llegar a la solución pacífica de sus controversias laborales y contribuir con la prevención de contagios.

Reuniones virtuales

“Las partes deberán adoptar las medidas pertinentes para contar con los equipos y condiciones necesarias para la realización de las reuniones virtuales, las cuales estarán a cargo de personal especializado en el conocimiento y manejo de solución de conflictos”, señaló la funcionaria regional.

Galván Gutiérrez informó que se realiza la convocatoria a reunión virtual mediante comunicación virtual dirigida a los correos electrónicos señalados en la solicitud presentada.

Además, se puede convocar la cantidad de reuniones virtuales que estime necesarias a fin de coadyuvar a la solución pacífica del conflicto.

“Dentro del plazo de cinco días hábiles de presentada la solicitud, a través de la mesa de partes virtual, la Dirección de Solución de Conflictos Labores dispone que en la modalidad virtual se realice la convocatoria a la reunión para la gestión del conflicto laboral colectivo”, agregó.

Sólo en caso excepcional, atendiendo a la gravedad del conflicto, la Dirección de Solución de Conflictos Laborales podrá disponer la modalidad presencial, dando cumplimiento a las normas sanitarias nacionales destinadas a evitar el contagio y la propagación de la Covid-19.

Participantes

Participarán como máximo dos representantes por cada parte. Para efecto de la gravedad del conflicto, deberá tenerse en cuenta, entre otros criterios: si se trata de una actividad vinculada a servicios esenciales, el tiempo de duración del conflicto, número mayor a cien trabajadores involucrados.

Las disposiciones contenidas en la directiva general rigen durante la vigencia de la emergencia sanitaria a nivel nacional declarada por la Autoridad Nacional de Salud en el marco de la Covid-19.

Síguenos en instagram: