Prioridad a los consumidores. Los viajeros podrán endosar el pasaje que no utilicen en sus vuelos de ida y vuelta. Ello gracias al fallo del Poder Judicial a favor de los consumidores. Así lo informó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
Como se recuerda, el jucio inició contra la empresa Avianca, quien no permitió la transferencia de pasajes a algunos consumidores.
“Triunfo para los consumidores. La Corte Suprema del Poder Judicial emitió una casación (resolución en última instancia) que reconoció el derecho de endosar el pasaje no usado por tramo de un vuelo round trip (ida y vuelta) a favor de otro consumidor”, indicó el Indecopi.
Cabe resaltar que la Corte Suprema precisó que la limitación al endose del pasaje aéreo por viajes round trip o ida y vuelta, infringe el artículo 66 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Además, afecta los derechos que tienen los viajeros de endosar sus pasajes aéreos.
Asimismo, la decisión establece que, en caso de haberse adquirido boletos de ida y vuelta el usuario tiene el derecho de poder endosar los tramos que no haya usado.´
“La modalidad round trip implica dos prestaciones independientes, por lo que se debe establecer que, en caso de haberse adquirido boletos de ida y vuelta el usuario tiene el derecho de poder endosar los siguientes tramos que no haya usado”, indica la decisión de la Sala del Poder Judicial.
Ante ello, Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) señaló que el único requisito para acceder a ese derecho es que se comunique 24 horas antes, como mínimo, a la aerolínea que brinda el servicio.
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