El Ministerio de Salud (Minsa), en coordinación con los gobiernos regionales y locales, emitirá lineamientos y planes que permitan a la persona en situación de discapacidad acceder a los servicios de salud de manera oportuna.

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Así lo establece el Decreto Supremo N° 006-2019-MIMP, que modifica el Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, promoviendo la accesibilidad urbana para niños, niñas y adolescentes con discapacidad, así como el acceso y cobertura a las tecnologías de apoyo, dispositivos y ayudas compensatorias.

Según la modificatoria del artículo 32, los planes del Minsa tendrán como objetivo favorecer el acceso a los medicamentos de calidad, tecnologías de apoyo, dispositivos y ayudas compensatorias para su atención, habilitación y rehabilitación, considerando la condición socioeconómica, geográfica y cultural de la persona con discapacidad.

En las disposiciones complementarias de la norma se establece que, en un plazo de 180 días hábiles, el Minsa, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), a través del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y en coordinación con los gobiernos regionales, elaborará una Estrategia Nacional Multianual para promover el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías de apoyo, dispositivos y ayudas compensatorias.

Dicha estrategia será implementada por el gobierno regional y local, contando con la participación de las Oficinas Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad (OREDIS) y de las Oficinas Municipales de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED) y la asistencia técnica del Minsa.

El dato:

  • El Decreto Supremo modifica los artículos 3, 13, 32 y 95 del Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

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