El Poder Ejecutivo modificó la Directiva Sanitaria 087-2020-Digesa/Minsa, la cual establece los parámetros para el manejo de cadáveres por covid-19, incluyendo precisiones que permitirán potenciar los protocolos a seguir.

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De acuerdo a la Resolución Ministerial 171-2020/Minsa, publicada de manera extraordinaria en el Diario Oficial El Peruano, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria propone la modificación de la Directiva Sanitaria 087-Minsa/2020/Digesa.

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El SIS realizará las acciones administrativas y financieras que correspondan para la cremación o inhumación.

De la necropsia:

a) Para el caso de pacientes fallecidos por covid-19, o caso sospechoso de haber fallecido por covid 19, no procede la realización de la necropsia del cadáver.

b) El personal que lleve a cabo la necropsia debe contar obligatoriamente con protección EPP, bajo responsabilidad. 

c) Finalizada la necropsia y obtenidos los resultados, el cadáver debe ser cremado o inhumado, según corresponda.

d) Se debe limpiar y desinfectar las superficies que se han contaminado con tejidos o líquidos y secreciones corporales durante la necropsia.

e) Los residuos sólidos generados en este procedimiento serán manejados como residuos biocontaminados, bajo responsabilidad.

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