El Ministerio de Educación (Minedu) ha dispuesto la implementación de una plataforma virtual para que los padres de familia o apoderados que requieran estudiar durante el año 2020 en un colegio público registren su solicitud entre el 8 y el 22 de mayo.

También te puede interesar:

|Sectorizan asentamientos octubrinos para mejorar servicio de agua

|Limpian más de 150 metros de redes de alcantarillado en Paita

La resolución ministerial N° 178-2020-Minedu, publicada en las normas legales del diario El Peruano, exceptúa de este trámite a los Colegios de Alto Rendimiento (COAR), en cuyo caso el ingreso es vía examen de admisión.

El estado de emergencia nacional ha generado, en el caso de colegios privados, que un grupo de padres cuyos ingresos se han visto reducidos, no puedan continuar pagando las mensualidades o pensiones, por lo que requieren migrar a una institución educativa pública.

Foto. Andina

¿Quiénes pueden hacer el traslado?

Los representantes legales autorizados para hacer el traslado son el padre o la madre del menor, el abuelo o la abuela, el hermano o la hermana con 18 años cumplidos o más, el tío o la tía y otros parientes.

Asimismo, se indica que para el registro en la plataforma no es necesaria la presentación de documentos físicos y que toda la información que se registre tiene carácter de declaración jurada.

Posteriormente, en caso lo estimen pertinente, el Minedu y los directivos de las instituciones educativas públicas podrán verificarlo a través de los medios disponibles.

Síguenos en Instagram:

También en Twitter: