El financiamiento y el ahorro tradicional ha cambiado a un financiamiento más participativo, donde inversionistas (ahorristas) y quienes necesitan financiamiento se reúnen para ofrecer sus propuestas. En mayo del 2021 la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) publicó el reglamento de las actividades de Financiamiento Participativo Financiero (FPF).

Este consiste en reunir, a través de una plataforma electrónica o digital, a inversionistas que buscan un retorno financiero, con las personas naturales o jurídicas que solicitan financiamiento.

Esta plataforma será administrada por una sociedad anónima constituida en Perú (Sociedad Administradora de Plataformas de Financiamiento Participativo Financiero), que esté autorizada para operar por la SMV.

Una de las modalidades del FPF es la de préstamos, donde se puede obtener un financiamiento para un proyecto, con la obligación de pagar la deuda y una rentabilidad a los inversionistas. El proyecto que se puede financiar con esta modalidad puede ser: el empresarial (empresarios con negocios o ideas de negocio) o personal (busca financiar gastos personales o de consumo).

La información sobre los proyectos y del solicitante del préstamo debe publicarse en la plataforma para que la evalué el inversionista, al menos con un día antes del inicio del periodo de recaudación de los recursos para financiar el proyecto. El plazo máximo para la recaudación de fondos es de 90 días.

La información que se publica debe ser veras, suficiente y clara. La Sociedad Administradora no se responsabiliza de la viabilidad de los proyectos ni de su rentabilidad, solo cobra un gasto por sus servicios.

Infórmate al respecto antes de tomar una decisión.