Un perjuicio económico de S/435 092 ocasionado por la aprobación y pago de incrementos de dietas a los regidores de la Municipalidad Distrital de Catacaos durante la gestión 2020-222, detectó la Contraloría General de la República, a través del Órgano de Control Institucional (OCI) de dicha comuna.
De acuerdo con el Informe de Control Específico N° 012-2023-2-2408-SCE, la comisión de auditores evidenció que mediante sesión extraordinaria de fecha 17 de enero de 2020, el Concejo Municipal de Catacaos -por decisión mayoritaria- acordó modificar un acuerdo municipal para fijar la dieta de los regidores en base al 30% de la remuneración del alcalde, lo que supuso un incremento de S/ 1365 en las dietas que venían percibiendo, pese a que la normativa vigente no lo autorizaba. Esta situación afectó el correcto uso de los fondos públicos.
En la misma sesión, se solicitó la opinión del gerente de Asesoría Jurídica, quien mencionó como antecedente administrativo lo aprobado por otro concejo municipal. Incluso, efectuó un análisis constitucional de la controversia que existiría en la aplicación del Decreto Supremo N° 413-2019-EF, por ello consideró que podría ser factible aplicar esta ley especial para graduar el 30% de la remuneración del alcalde como suma respecto a la dieta de los concejales.
Sin embargo, estos hechos transgredieron la Ley N° 28212, Ley que desarrolla el artículo 39 de la Constitución Política del Perú en lo que se refiere a la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado. Además, se vulneró diversos artículos de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley del Servicio Civil, entre otras normas.
Presunta responsabilidad civil
El OCI identificó presunta responsabilidad civil en ocho exfuncionarios por haber aprobado el incremento de las dietas al 100%. También señaló presunta responsabilidad administrativa contra otro exfuncionario por haber emitido informe favorable a este aumento, contraviniendo las Leyes de Presupuesto del Sector Público y la normativa aplicable, la misma que establece prohibición en el incremento de dietas, bajo cualquier fuente de financiamiento.
El alcalde distrital de Catacaos fue notificado del resultado de este servicio de control posterior, con la finalidad de que el órgano competente efectúe el deslinde de las responsabilidades que correspondan. Asimismo, el informe se ha puesto de conocimiento a la Procuraduría Pública de la Municipalidad Distrital de Catacaos para el inicio de las acciones civiles en contra de los involucrados.
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