Los distritos de Querecotillo (Sullana) y La Arena (Piura) integran la lista de los treinta y siete (37) distritos de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Lima, Ica, Moquegua y Arequipa, que han sido declarados en Estado de Emergencia, por un plazo de sesenta (60) días calendario, por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2018-2019, para la ejecución de acciones inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo Existente, según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 124-2018-PCM, publicada el día de hoy en Diario Oficial El Peruano.
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La solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), es presentada por el Gobierno Regional al INDECI, con la debida sustentación; sin embargo, excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de oficio al Consejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia, previa comunicación de la situación y propuesta de medidas y acciones inmediatas que correspondan, efectuado por el INDECI.
La presente declaratoria de Estado de Emergencia, ha sido presentada de oficio por parte de la Presidencia del Consejo de Ministros, explicó el Coordinador del Centro de Operaciones de Emergencia Regional (COER), Eduardo Arbulú Gonzales.
“Se ha emitido una declaratoria de Estado de Emergencia que es de oficio, el gobierno regional no ha emitido el informe técnico donde se justifica fehacientemente la probabilidad de un FEN, ésta es una declaratoria que lo ha establecido la PCM no se sabe bajo qué criterio, pues no se ha tenido en cuenta el criterio de territorialidad, ni climatológico, si bien es cierto estos dos distritos (Querecotillo y La Arena), pueden ser afectados por un FEN, es necesario que se declare en emergencia, por peligro inminente, a toda la región Piura, de tal manera que los sectores puedan intervenir y puedan aportar con equipos, maquinarias y todo lo que signifique preparación frente a un FEN”.
Finalmente, Arbulú Gonzales precisó que se están estableciendo las coordinaciones con INDECI para ver la posibilidad que ésta declaratoria se pueda ampliar o para saber si posteriormente van a ampliar, de oficio, a toda la región.
PELIGRO INMINENTE:
Se define como Peligro Inminente a la situación creada por un fenómeno de origen natural u ocasionado por la acción del hombre, que haya generado, en un lugar determinado, un nivel de deterioro acumulativo debido a su desarrollo y evolución, o cuya potencial ocurrencia es altamente probable en el corto plazo, desencadenando un impacto de consecuencias significativas en la población y su entorno socioeconómico.
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