El Diario Oficial El Peruano publicó hoy la ley que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados.
La ley autoriza el uso informado, la investigación, la importación y la comercialización del cannabis y sus derivados, exclusivamente con propósitos medicinales y terapéuticos; así como la producción y abastecimiento de insumos para su investigación.
Registros
Según la ley, en el Ministerio de Salud; se creará el registro de pacientes usuarios de cannabis certificado por el médico tratante que incluye información de la enfermedad, dosis y frecuencia de tratamiento. Este tendrá carácter reservado.
Adicionalmente a este registro, se creará otro de personas naturales o jurídicas importadoras y/o comercializadoras, y el de entidades que tienen autorizado el estudio e investigación del cannabis y sus derivados para uso medicinal.
Sanción
El médico, farmacéutico, químico, odontólogo u otro profesional sanitario que indebidamente receta, prescribe, administra o expende medicamento que contenga droga tóxica, estupefaciente o psicotrópica, será reprimido con penas dos a cinco años e inhabilitación.