El propietario y administrador del bar «El Pez de Oro», Luis Alexander Saba Fiestas (34), deberá pasar 9 meses de prisión preventiva, luego que el Juzgado de Investigación Preparatoria de Sechura decidió la medida coercitiva en su contra por el presunto delito de Trata de Personas.
El Fiscal adjunto provincial Luis Rodolfo Martínez Cardoza, de la Fiscalía especializada en delitos de trata de personas de Piura presentó entre los principales elementos de convicción que vinculan al investigado con el delito: el Acta de Intervención Policial; la visualización de un cuaderno incautado en el lugar, dónde se anotaban los nombres y el número de cervezas que vendía cada trabajadora del lugar, entre ellas la menor de edad.
Del mismo modo, se realizó la visualización de los celulares incautados y se obtuvo la declaración de testigos logrando acreditar la conducta de acogida con fines de explotación laboral, en agravio de dicha menor.
Es de esta manera, que el Juzgado declaró fundado el pedido de prisión solicitado por la Fiscalía Especializada, en tanto existen graves y fundados elementos que vinculan al propietario y administrador del bar con el delito atribuido, lugar en el cual se contrataba a personas de sexo femenino, adultas y menores de edad, para que realicen la labor de «dama de compañía«.
Hechos
Como se recuerda, el pasado 03 de febrero, detectives del Área Especializada de Trata de Personas de la Divincri Piura incursionaron en el bar «El Pez de Oro», situado en calle El Carmen 1427 – caserío de Letirá – Sechura, donde se encontró a Saba Fiestas.
En la intervención se encontró un promedio de quince mujeres, entre ellas, la adolescente de 15 años, a quien Saba Fiestas acogió para que realice la labor de acompañar, sentarse, conversar, ingerir cerveza y bailar con los clientes. Incluso, se encontró un cuaderno con las anotaciones del consumo de las mujeres que se desempeñaban en el local como damas de compañía, y para sorpresa de los agentes se encontró en la lista el nombre de la menor.
Cabe mencionar que la pena mínima para este delito, es no menor de (12) doce, ni mayor de (20) veinte años de pena privativa de la libertad.
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