Las utilidades son un porcentaje de las ganancias que obtienen las empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría. Según el Ejecutivo, todas estas empresas están obligadas a entregar un porcentaje de sus utilidades a sus trabajadores.

Al respecto, la dra, Fanny Zavala Alfaro, especialista en economía y docente del Programa de Formación para Adultos de la Universidad César Vallejo, explica que este monto le corresponde a los trabajadores que se encuentran en planilla y pertenecen a empresas con más de 20 empleados. 

Según información gubernamental, el pago de las utilidades 2023 debe efectuarse en un plazo máximo de 30 días posteriores a la presentación de la declaratoria anual del Impuesto a la Renta. 

“Según el cronograma de la Sunat, la declaración del 2022 se efectuará entre el 24 de marzo y el 11 de abril de 2023. Por lo tanto, se estima que los pagos de las utilidades se harán entre el 27 de marzo y el 11 de mayo, según el último número de RUC”, precisó Zavala.

Durante ese plazo, explicó que el empleador deberá entregar una hoja de liquidación a su empleador, en la cual detalle cómo se obtuvo el monto que se pagará.

No obstante, “si la empresa empleadora no cumple con el pago de las utilidades, los trabajadores pueden denunciar el hecho ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil)”, enfatizó la docente.

¿Cómo calculo mis utilidades?

  • Calcula el 50% de los días trabajados. Por ejemplo, si se determina que el día laboral genera ganancias de S/3 soles y el empleador trabajó 180 días, se multiplica para determinar las utilidades, en este caso 540 soles.
  • Calcula el 50% de las remuneraciones percibidas por el trabajador, es decir, se divide la cantidad del a repartir entre la suma del sueldo de todos los trabajadores. Luego, el resultado obtenido deberá multiplicarse por la ganancia anual. Por ejemplo, si la división es 0.02 céntimos y se obtuvo una ganancia de 27 mil soles, se multiplica, obtiendo utilidades de 540 soles.

Cabe mencionar que, “las microempresas acreditadas en el Registro Nacional de las Micro y Pequeña Empresa (Remype) no están obligadas al reparto de utilidades a sus empleados”, destacó la especialista.

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