La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) recuerda a las empresas de transporte interprovincial que es obligatoria la implementación y uso de cortinas de polietileno u otro material análogo que contribuyan al aislamiento entre asientos del bus, con el objetivo de evitar la propagación del COVID-19.
El ente fiscalizador precisó que en las provincias con nivel de alerta Extremo y Muy Alto, la medida es obligatoria para todas las unidades de transporte ya sea que operen con el 50% o 100% de su aforo o si el viaje dura menos o más de cinco horas.
Cortinas divisorias
El incumplimiento de esta medida -calificada como muy grave- tiene como consecuencia para el transportista, la imposición de una multa de S/2 200 (0.5 de una UIT), la interrupción del viaje, retención, internamiento preventivo del vehículo, y/o la suspensión precautoria de la habilitación vehicular.
De igual manera, el conductor de la unidad es pasible de recibir una multa de S/ 440 (0.1 UIT) y la retención de su licencia de conducir por incumplir con lo antes dispuesto.
Asimismo, la SUTRAN hizo un llamado a todos los usuarios del transporte interprovincial para que respeten las medidas de bioseguridad durante todo su trayecto, a fin de frenar el avance del COVID-19.
Dato
Finalmente, remarcó que el uso de mascarillas y protector facial; así como la presentación de la Declaración Jurada de Salud, continúan siendo obligatorias a nivel nacional para todos los viajes en el interior del país.
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