El último domingo 16 de abril, el programa Punto Final emitió un reportaje a nivel nacional en el que afirma que el titular de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), Manuel Castillo Venegas, favoreció el reconocimiento de Santos Montaño como el nuevo rector de la Universidad Nacional de Piura (UNP).

Como se recuerda en 2019, Montaño ganó las elecciones universitarias; sin embargo, no se le reconoció como tal ante presuntas irregularidades durante el proceso. Por ese motivo, en julio de 2022, acudió ante la Comisión de Educación del Congreso para solicitar su reconocimiento, bajo la representación legal de Castillo Venegas.

Sunedu: registro de Montaño como nuevo rector de la UNP fue legal. / Foto: Pasión por el Derecho.
Manuel Castillo, actual titular de la Sunedu, asegura su compromiso de inhibición por decoro en cualquier proceso de la UNP.  / Foto: Pasión por el Derecho.

Aprobación de la solicitud de opinión jurídico legal

Tiempo después, según Punto Final, cuando este año, Castillo asumió como superintendente de la Sunedu, él habría priorizado la solicitud de opinión jurídico legal sobre la resolución N° 158-2019, en la que se concluye que la anterior gestión de la Sunedu no reconoce a Montaño como rector de la UNP.

Por ese motivo, Castillo presuntamente habría designado a una nueva jefa de la Unidad de Grados y Títulos, quien en tres días emitió un informe reconociendo a Montaño en el cargo. Por sus servicios, según el programa, el titular de la Sunedu habría pagado hasta S/21 mil.

Designación legal

Ante ello, Castillo Venegas se pronunció y aseguró que la designación del rector fue legal. Según precisó, cuando la Universidad Nacional de Piura solicitó el registro de firmas de sus autoridades y envió la documentación solicitada, se verificó que cumplía con todos los requisitos previstos en la Ley Universitaria.

Asimismo, maifestó que Sunedu no interviene en ningún proceso electoral de las universidades públicas, debido a su autonomía universitaria.

“Es necesario precisar que el registro de datos de autoridades no es constitutivo de derechos, por cuanto la elección de las autoridades universitarias es potestad del órgano electoral de cada universidad, los cuales gozan de autonomía”, se lee en el comunicado.

No obstante, “el artículo 51 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante D.S. N.º 012-2014-MINEDU, establece que la Unidad de Registro de Grados y Títulos es la responsable de la administración del registro de grados y títulos, lo que incluye el registro de datos de las autoridades universitarias, se precisa.

Inhibición por decoro

Por lo mencionado, Castillo Venegas reveló su compromiso ante su Consejo Directivo, de plantear su inhibición por decoro en cualquier proceso vinculado a la Universidad Nacional de Piura. Según precisa, la decisión se da por su conocido vínculo con la casa de estudios, de la cual fue docente y decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

“Finalmente, reafirmamos nuestro compromiso institucional con una educación superior universitaria de calidad en favor de todos los peruanos, señalando que la Sunedu es una institución que respeta la autonomía universitaria, dentro de los parámetros constitucionales y legales”, concluye.

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