Con el fin de facilitar el cumplimiento virtual de las obligaciones de los contribuyentes y usuarios de comercio exterior, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) implementó en su plataforma única de pagos la posibilidad de cancelar las deudas tributarias y aduaneras, sin necesidad de realizar trámites presenciales.
Deudas tributarias y aduaneras
Así, se complementa el servicio que ya se brindaba a los contribuyentes a través de SUNAT Operaciones en Línea, incluyendo, ahora, el pago de deudas de los importadores/exportadores.
Así como agencias de Aduanas y concesionarios postales que, en una primera etapa, podrán hacerlo con cargo a su cuenta de detracciones. Trámite que antes se realizaba presencialmente en las cajas de las aduanas con cheques certificados en las agencias del Banco de la Nación.
Con la plataforma única de pagos, más de 25 mil empresas que realizan actividades de comercio exterior y que tengan cuentas de detracciones vigentes y con saldo, podrán cancelar sus deudas aduaneras desde la comodidad de su casa u oficina.
Esto que supone un ahorro de tiempo y dinero, evitando, además, desplazamientos innecesarios y el riesgo de contagio del COVID-19.
Pasos para realizar el trámite
Asimismo para realizar el trámite se deberá ingresar a SUNAT Operaciones en Línea, servicio disponible en www.sunat.gob.pe, con su Código de Usuario y Clave SOL y seleccionar el módulo “Mis Declaraciones y Pagos”. Luego la opción “Pago de la Aduana\ Pago de Documentos Aduaneros”. Aquí deberán realizar los siguientes pasos:
1) Seleccionar el tipo de usuario con el que ingresará a la opción de pago: Importador/Exportador, Agencia de Aduanas, Concesionario Postal (courier).
2) Buscar y seleccionar el (los) documento(s) aduanero(s) que desea pagar.
3) Verificar el importe de la(s) deuda(s) aduanera(s), con sus intereses y recargos y el total a pagar.
4) Seleccionar el medio de pago en la pasarela de pagos y confirmarlo. En esta primera etapa estará habilitado sólo las cuentas de detracciones del Banco de la Nación.
5) Generar la constancia de pago.
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