El Juzgado Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Sullana sentenció a seis años y ocho meses  de pena privativa de la libertad efectiva a tres expolicías por el delito de Cohecho Pasivo en el ejercicio de la función policial. 

Los tres expolicías sentenciados fueron acusado de recibir tres sacos de arroz como dadiva para no multar a un conductor de camión que transportaba sacos de arroz, sin el pago del impuesto respectivo.

Los expolicías Jorge Luis Carrasco Culquicondor, Michael Jonathan Coronado Castro y Edward David Nima Navarro fueron sentenciados en audiencia virtual. La investigación y el juicio oral estuvo a cargo del Fiscal Provincial Luis Antonio Ramos Rioja y el Fiscal Adjunto Harold Ernesto Martínez Requena.

Juicio oral de los exoficiales de la PNP.

Por otro lado, se dio a conocer que los sentenciados se encuentran recluidos en el penal de varones de Piura cumpliendo prisión preventiva por este caso.

Los hechos

Como se recuerda, el hecho ocurrió el 4 de febrero 2020, a la altura del peaje Piura-Sullana. Los tres expolicías recibieron un saco de arroz, para cada uno, de parte de Juan Carlos Flores Mendoza, conductor del camión que transportaba 150 sacos de arroz.

Un periodista que transitaba por la zona grabó lo sucedido. Al percatarse del hecho recogió la declaración del conductor del camión. El periodista indicó que el conductor del camión aceptó los cargos y que los policías huyeron del lugar. 

Por otro lado, el Poder Judicial sentenció a Juan Carlos Flores Mendoza, conductor del camión. Flores deberá cumplir cuatro años de pena privativa de la libertad y pagar una reparación civil de S/3 000. 

Ordenan nueve meses de prisión preventiva contra tres policías

El juez de Investigación Preparatoria Supraprovincial en delitos de Corrupción de Funcionarios Jorge Nole Sócola ordenó nueve meses de prisión preventiva a tres policías por presunto delito de cohecho pasivo.

Según el requerimiento fiscal los hechos en materia de investigación habrían ocurrido el 06 de enero del presente año cerca de las 03 de la tarde.

Luego que dos personas de nacionalidad colombiana y venezolana que trabajaban haciendo cobranzas en forma particular en una moto lineal fueran intervenidos, por tres policías en el centro de la ciudad. Por no tener licencia de conducir.

Los hechos

En la comisaría de Sullana les habrían solicitado dinero, entregando 300 soles a los policías, dejándolos libres. Sin embargo al recibir una llamada de un oficial superior que sería jefe de los agraviados, se comunicaron con ellos y les devolvieron el dinero llegando a golpear físicamente y amenazar al ciudadano colombiano.

Nueve meses de prisión preventiva

El juez declaró fundado el requerimiento por existir fundados y graves elementos de convicción para internar en el penal por nueve meses a los custodios L. A. M.C., C. E. A. A. y P. M. Ch. Ch. como presuntos autores en la comisión del delito de cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial tipificado en el artículo 395° – A del Código Penal.

Considera que existiría peligro de fuga porque los investigados habrían demostrado no tener arraigo que garantice su permanencia en la localidad para afrontar en libertad la investigación preparatoria en su contra y más aún porque no se presentaron a laborar y abandonaron su cargo tras conocer mandato de detención preliminar en su contra,

Cabe precisar que en la audiencia estuvo presente vía Google meet, en calidad de detenido el suboficial PNP L. A. M.C, que fue intervenido días antes por existir un mandato de detención preliminar por el juzgado anticorrupción, mientras los otros dos imputados se encontraban como no habidos.

Dato

El pedido de prisión se declaró fundado también al considerar que se trata de tres funcionarios públicos (por tener relación laboral con el Ministerio del Interior) que habrían solicitado una coima de manera expresa, trasgrediendo sus deberes funcionales.

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