Esta mañana, las rondas campesinas de Piura se unieron a la marcha nacional, mediante la cual se exige que el Tribunal Constitucional (TC) anule la sentencia Nº 468-2020, que impide a las rondas administrar justicia comunal.
Ante ello, Walac Noticias conversó con el exmagistrado de la Corte Superior de Justicia de Piura, Hernán Ruiz Arias, para que nos brinde alcances de esta cuestionada sentencia del TC.
Según Ruiz Arias, se trataría de una sentencia que discrimina y que ofende a las rondas campesinas y al campesinado en general.
¿Qué dicta la sentencia Nº 468 del Tribunal Constitucional (TC)?
En síntesis, la sentencia del TC está diciendo que las rondas campesinas que están en los caseríos no tienen facultades jurisdiccionales para administrar justicia. Entonces, ese es el asunto de fondo y es una sentencia inconstitucional que, paradójicamente, está dictada por el Tribunal Constitucional.
¿Cómo afecta esta sentencia a la justicia ronderil?
Es una sentencia que agravia no solo a los ronderos, sino a todo el sector campesino, a las comunidades indígenas y nativas. Esto porque la justicia ronderil no es sino una expresión cultural de los sectores ancestrales, de lo que realmente es el Perú. Ellos, se expresas a través de muchas costumbres y una de esas costumbres, además del baile, la música, la forma de alimentarse, es cómo solucionar sus problemas, con sus propios valores y métodos. Las rondas campesinas son expresión de eso.
Ante ello, el Tribunal, al dictar una sentencia que les quite esa facultad está diseminando a que no expresen su cultura en la forma cómo solucionar sus problemas.
Entonces, para usted, ¿se trataría de una sentencia discriminatoria?
Claro, además de atentar contra la función jurisdiccional del Ministerio de Justicia, es discriminatoria. En el mensaje de fondo se está diciendo «esos cholos, esos serranos, esos no sirven administrar justicia y eso solo lo hacen los que van a la universidad».
Eso es un gravísimo agravio que ha hecho el Tribunal Constitucional. […]Está dando una fisura tremenda al sector social del Perú y al pluralismo cultural del que está constituido el Perú.
Para mí, no solo significa un retroceso, en el que le quitan la función jurisdiccional al sector de los caseríos, de las rondas campesinas, sino es un agravio a lo más ínfimo del pueblo peruano. Por eso es que la reacción justa y digna de las rondas campesinas de que hoy día están en un paro. El Tribunal será culpable de estos movimientos que están suscitando en todo el Perú.
Yo no sé por qué el Tribunal ha dictado esa sentencia realmente aberrante, que ofende la moral y la dignidad del campesinado peruano. Es discriminatoria.
¿Se trataría de una sentencia que retrocede los esfuerzos en la lucha contra la delincuencia?
Sí, de hecho. Desde hace más de 30 años, si nosotros vemos la zona altoandina de Tumbes a Tacna, y los caseríos altos de la Costa, no vamos a ver nosotros ningún sicariato. No existen asaltos y robos, hay paz. Aquí no más, en Huancabamba, Ayabaca y en todos los distritos altoandinos, se puede caminar tranquilo porque nadie me va a asaltar.
Esa es paz, es seguridad ciudadana, lo que no existe en la Costa, en las grande ciudades como Piura, Sullana, Trujillo, Tumbes. Usted puede dormir en la plaza de armas de Huancabamba y amanece intacto. Pero duerma en un parque de Sullana, amanece tal y como vino al mundo.
Por otro lado, históricamente, está demostrado que el terrorismo se combatió porque los campesinos, a través de los comités de autodefensa, en alianza con la PNP y las Fuerzas Armadas, ayudaron a ello.
Aquí en Ayabaca y Huancabamba no pegó el terrorismo porque, en la década de los 80, las rondas estaban muy fuertes y luchaban contra el terrorismo y la delincuencia política. Entonces, las rondas también tiene ese mérito.
Ahora, con la pandemia, ¿quiénes salieron a cuidar a que no se contamine la zona altoandina? Fueron los ronderos. Ellos pusieron el pecho para defender a sus caseríos y comunidades, mientras que las demás organizaciones se metían debajo de la cama. Los únicos que salieron fueron las rondas campesinas y aún así el Tribunal ofende a este movimiento. No es tolerable, estoy indignado.
¿Cómo se diferencia la justicia que imparte el Poder Judicial de la que imparten las rondas campesinas?
La Justicia comuna y ronderil es una justicia económica. Es una justicia que al Estado ni a los peruanos no les cuesta ni un sol. Es económica, es barata, y es ágil y oportuna, porque cuando se presenta un problema, en dos o tres días está solucionado.
Cuando hay un asalto, los ronderos inmediatamente actúan, los llevan a asamblea, lo interrogan públicamente y le dan una sanción.
Un caso de robo a mano armadas al Estado le está costando entre 8 y 10 mil soles procesar a un delincuente. En cambio, en la justicia comunal no vale nada.
Además, es rehabilitadora, porque una cadena ronderil, que es una terapia psicológica en donde el infractor se recupera pronto, hasta en un mes. En cambio, el Poder Judicial al infractor lo envía al centro penitenciario y se le aplica 10 a 15 años y esa persona se destruye, nunca se recupera, porque se encuentra con personas rankeadas.
Las rondas han dignificado al campesino, es capaz de protestar sus derechos. Es un orgullo. Por eso está muy mal que el Tribunal trate de quitarle las funciones jurisdiccionales. Eso es un grave conflicto y el TC será el culpable de las muertes que puedan haber en la calle porque, prácticamente, está provocando al movimiento campesino y al pueblo peruano.