Los trabajadores formales ya pueden acceder al 100% de su CTS desde el pasado 6 de junio. Para realizar el trámite de retiro deberán ponerse en contacto con el banco donde se encuentra el fondo para solicitar el Retiro CTS. En este sentido, si tienes una cuenta en Interbank, sigue estos pasos para cobrarla ahí.
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¿Cómo retirar mi CTS en Interbank?
Si tienes una Tarjeta de Débito, podrás consultar cuánto dinero tienes disponible de tu CTS desde el App de Interbank o Banca por internet y podrás usarlo de manera parcial o total, sin necesidad de ningún trámite. Tienes los siguientes canales a tu disposición:
- Transferencias gratuitas a otros bancos, pagos de tarjetas, pagos de servicios, retiros sin tarjeta y operaciones entre tus cuentas en tu Interbank APP o la Banca por internet.
- A través de los cajeros Global Net a nivel nacional.
- En la Red de Tiendas Interbank a nivel nacional.
En el caso no cuentes con una Tarjeta de Débito, podrás disponer de tus fondos en la Red de Tiendas Interbank. El horario de atención es de lunes a viernes de 9am a 6pm y los sábados de 9am a 1pm.
Retiro CTS: ¿Cuándo se podrá sacar el dinero?
Desde el lunes 06 de junio ya existe la posibilidad de retirar la CTS en Interbank, así como en la mayoría de bancos:
- BCP: lunes 6 de junio
- BBVA: lunes 6 de junio
- Scotiabank: lunes 6 de junio
- Interbank: martes 7 de junio
- Banco Ripley: lunes 6 de junio
- Mi banco: lunes 6 de junio
¿Cuándo retirar en las cajas municipales?
Según indicó la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC), desde el domingo 05 los beneficiarios pueden retirar su CTS. En el caso de los retiros en ventanilla, estos se habilitarán desde este lunes 6 de junio.
Retiro CTS: ¿quiénes podrán cobrar la CTS?
Podrán acceder a la devolución de aportes:
- Los trabajadores del régimen privado que laboran en promedio, como mínimo, una jornada mínima diaria de cuatro horas.
- Los trabajadores de la pequeña empresa, pero a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
- En el caso de los trabajadores del régimen agrario, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico; sin embargo, el colaborador puede elegir que le sea abonada de manera diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
- Conforme a la Ley N° 31047 y el DS 009-2021-TR, tienen derecho al depósito de la CTS las trabajadoras del hogar que laboren una jornada mínima de cuatro horas diarias.
Se excluye a:
- Los que no tienen derecho a percibir este beneficio son los trabajadores en general que hayan laborado una jornada menor a cuatro horas diarias.
- Tampoco los trabajadores de la microempresa, contratados después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype).
- Los trabajadores que tienen menos de un mes de servicios no reciben su CTS.
- Se excluye de este beneficio laboral a los trabajadores del sector público, los informales, los que emiten recibos por honorarios.
Retiro CTS: ¿será más de un retiro?
Un aspecto importante a considerar es el hecho de que la norma señala que se autoriza a retirar los fondos de la CTS “por única vez”.
Carrillo aclara que esto no significa que sea un solo retiro, sino que la autorización del retiro se genera por una “coyuntura única” (la pandemia del covid-19). Por lo tanto, concluye, los trabajadores podrán retirar total o parcialmente su dinero en la CTS desde el 06 de junio hasta el 31 de diciembre del 2023, tendiendo un rango de casi 19 meses para hacer uso de dichos fondos.
¿Los trabajadores CAS podrán cobrar CTS?
Actualmente, hay más de 270 mil trabajadores estatales en el régimen del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) Este grupo de servidores públicos no cuentan con estabilidad laboral ni reciben el pago de sus derechos laborales como la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), gratificaciones, bono por escolaridad, pago de horas extras, entre otros.