El Congreso aprobó en segunda votación una reforma integral del sistema de pensiones que busca unificar los sistemas público y privado, además de prohibir nuevos retiros de la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP). Descubre a continuación los cambios más importantes que trae esta nueva normativa.
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Sistema integral
La reforma crea el Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP), fusionando el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), conocido como ONP, y el Sistema Privado de Pensiones (SPP), conocido como AFP. Este nuevo sistema tiene como objetivo garantizar la protección previsional de todos los ciudadanos, independientemente de su vínculo laboral.
El SIPP se estructura en cuatro pilares: no contributivo, semicontributivo, contributivo y voluntario, asegurando un soporte previsional más inclusivo y robusto.
Prohibición del retiro de la AFP
Una de las medidas más destacadas del nuevo sistema es la prohibición del retiro total o parcial de los fondos acumulados en las cuentas individuales de la AFP durante la etapa activa de los afiliados. Esto significa que ya no se permitirán retiros extraordinarios, como los que se autorizaron en el pasado por crisis económicas o emergencias sanitarias.
Edad de jubilación
La edad de jubilación se establece en 65 años para hombres y mujeres. Además, se podrá acceder a una pensión adelantada a partir de los 55 años en casos de jubilación anticipada ordinaria o por desempleo, aumentando cinco años respecto a la normativa anterior.
Pensión mínima
La nueva ley establece una pensión mínima de S/ 600 en el sistema privado de pensiones, condicionada a que no se retiren los aportes de la AFP. Este beneficio será para todos los aportantes en edad de jubilación que acrediten al menos 240 unidades de aporte y no hayan realizado retiros.
Pensión por consumo
El pilar voluntario del SPP incluye la pensión por consumo, un aporte voluntario con fin previsional basado en los gastos de consumo realizados por los afiliados. Estos gastos deben estar sustentados en comprobantes de pago que incluyan el Documento Nacional de Identidad (DNI) correspondiente.
El valor máximo considerado para la pensión por consumo es de S/ 700, y el aporte corresponde al 1 % del valor de los comprobantes de pago emitidos dentro de cada ejercicio fiscal, con un tope de ocho UIT anuales del consumo total.
Restricción al retiro del 95.5 %
Los nuevos afiliados al SIPP y los afiliados al SPP menores de 40 años no podrán optar por el retiro del 95.5 % del fondo disponible en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC). Aquellos afiliados mayores de 40 años antes de la entrada en vigor de la ley, podrán elegir entre percibir su pensión en cualquier modalidad de retiro o solicitar a la AFP la entrega de hasta el 95.5 % del total del fondo en su CIC. Sin embargo, quienes elijan esta opción no tendrán derecho a ningún beneficio de garantía estatal.
El 4.5 % restante del fondo será retenido y transferido por la AFP directamente a EsSalud.
Esta reforma ahora se remitirá al Ejecutivo. Si no se observa, se promulgará y entrará en vigencia, marcando un nuevo capítulo en el sistema previsional peruano.