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Indecopi sancionará desde una amonestación hasta 450 UIT, es decir s/ 1.9 millones a establecimientos que carguen un bono adicional del 5% por el pago de tarjeta de crédito o débito.

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Sobre la norma

“En nuestra normativa protegemos la integridad del precio, ello debe incluir todo”, detalla Wendy Ledesma, directora de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor de Indecopi a Gestión.pe.

Explica que, cuando se informa que el precio de un bien o servicio cuesta S/ 20, por ejemplo, este debe incluir todos los conceptos, como delivery, cargos de la tarjeta, entre otros, “todo lo que me van a cargar debe estar informado en el precio”.

Y en el caso de los costos adicionales -detalla Ledesma-, éstos deben ser informados de “manera oportuna”, a fin de que el consumidor tome la decisión de seguir con el proceso de compra del bien o servicio.

¿Qué significa de “manera oportuna”?

Wendy Ledesma detalla que no se trata de indicar verbalmente en el momento del pago, pues ello ya implica un tiempo incurrido por el consumidor, sino de que exista una información previa; por ejemplo, un letrero en el establecimiento comercial que indique el cargo del 5% adicional para el pago con tarjeta, o en el restaurante que se detalle en la carta.

“La información oportuna no es oral, ni al momento del pago”, remarcó.

“En Perú se permite esta distinción y el mecanismo es que tengamos la información oportuna antes que se realice la transacción. Se tiene que informar claramente para que sepa que hay una diferenciación”, detalla.

Fuente: Gestión

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