El uso de llamadas publicitarias es una práctica que realizan la gran mayoría de empresas. Múltiples entidades suelen llamar a ciudadanos para ofrecerle desde tarjetas de crédito hasta nuevas líneas móviles. Pero, ¿Qué pueden hacer los usuarios al respecto?
En el país existe una regulación al respecto. Básicamente establece que cualquiera que recopile información de una persona natural, debe informar a estas acerca del tratamiento que le dará a estos datos y si los usará para algo diferente a la actividad por la cual entregó la información.
De acuerdo a Verónica Vergaray, directora del área de Competencia y Propiedad Intelectual en el estudio PPU, usualmente los usuarios entregan su información al adquirir un bien o servicio. Por ejemplo, con un banco o un ecommerce. No obstante, solo pueden usar estos datos en el marco del servicio contratado.
“Al margen que sean muchas o pocas las llamadas publicitarias que se hagan, nadie puede contactarte si no has dado tu consentimiento para ello”, señaló la abogada a este diario.
Este consentimiento debe estar claro para el usuario; es decir, si la empresa va a usar tu información para aquello por lo que la has contactado conmigo, o se la brindará a un tercero que, además, puede usarlo como actividad publicitaria.
Términos y condiciones
El consentimiento, según la experta, suele ocultarse en los famosos “términos y condiciones” que muchas personas suelen ignorar al momento de adquirir un servicio. Vergaray explicó que tanto los términos y condiciones como la política de privacidad son importantes para definir el tratamiento de la información.
Al respecto, subrayó que una práctica usual de varios negocios es sacarle la vuelta a la norma condicionando el servicio a la entrega de información. Es decir, no te puedes registrar para obtener el servicio X si antes no le da clic a la casilla que permite el uso de tus datos.
“La jurisprudencia dice que si yo pido el consentimiento de cosas que no forman parte del servicio que me has contratado, tiene que estar diferenciado. No te pueden obligar, sino no sería libre. Se entiende que vas contra el principio de libertad cuando vinculas un servicio al otro”, advirtió la abogada.
¿Qué pueden hacer los usuarios?
Vergaray recomienda acudir a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD), en caso sientas que una compañía está utilizando tus datos personales sin consentimiento para hacer llamadas publicitarias.
“Cuando ocurren estos escenarios de contactos indebidos, que no han tenido el debido consentimiento, suele ocurrir que el consumidor se acerca y presenta su denuncia, se hace investigación, arroja resultados, y si hay indicios se inicia un procedimiento sancionador”, apuntó.
Es decir, si ante la empresa ya solicitaste que el retiro de la lista de gente a llamar, u observas que te están obligando a permitir el uso de estos datos para publicidad, puedes denunciar.
En caso se encuentre responsabilidad por parte del call center o de la empresa que lo ha contratado, la autoridad puede sancionarlos con multas desde 0.5 unidades impositivas tributarias (UIT) hasta 100 UIT; actualmente, entre S/ 2,200 y S/ 440,000.