Los trabajadores del sector privado podrán acogerse al feriado largo que irá del 1 al 4 de noviembre, previo acuerdo con sus empleadores para establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas no laboradas.
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En caso no se pusieran de acuerdo en la forma de compensar las horas no laboradas el viernes 2, será el empleador quién tome la decisión, según lo establece el Decreto Supremo 021-2017-TR, publicado en diciembre pasado.
La norma señala que en este caso el viernes 2 de noviembre el día no laborable compensable, que se sumará al jueves 1 (feriado calendario) y los descansos naturales del sábado y domingo crean un fin de semana largo.
Precisa también que las horas dejadas de trabajar en dichos días serán compensadas en la semana posterior, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de sus propias necesidades.
Añade que los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas que se requieran para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables.
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