El Gobierno prorrogó el estado de emergencia nacional por el plazo de 30 días calendario, a partir del martes 1 de junio del 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del covid-19, según norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.
Estado de emergencia covid-19
El Decreto Supremo N° 105-2021-PCM señala que durante la presente prórroga del estado de emergencia nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales.
Así como la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú.
El personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, conforme a la normativa vigente.
La norma aprueba, asimismo, una serie de medidas que deberán cumplirse, desde el 1 de junio próximo. Esto de acuerdo al nivel de alerta sanitaria por departamento; a fin de reducir el riesgo de contagio del covid-19.
Inmovilización social
La norma establece, asimismo, que, hasta el 20 de junio del 2021, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios. Esto según el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento, conforme al siguiente detalle:
Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; y, los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
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