El Ministerio de la Producción (Produce) anunció la suspensión de la actividad extractiva de Merluza, desde el día miércoles 8 de enero, por un tiempo de 7 días calendario.

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Esta medida aplica a quienes pesquen en embarcaciones arrastreras, entre el límite norte del dominio marítimo peruano y los 04°00’S (Punta Sal, Tumbes).

Merluza pequeña 

Se debe señalar que mediante oficio N° 0011-2020-IMARPE/DEC, la entidad científica presentó el “Reporte régimen provisional de pesca del recurso Merluza 02 al 05 de enero, 2020 R.M. N° 290-2019-PRODUCE”.

Este  concluye que, el análisis de los datos biométricos provenientes de la pesquería industrial de merluza, muestra alta incidencia de ejemplares menores a 28 cm de longitud total (35,6%) en la subárea A.

Ante ello, produce indicó que el IMARPE efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores pesqueros del recurso, priorizando las acciones en los ejemplares en tallas menores de 28 cm, debiendo informar y recomendar oportunamente las medidas de ordenamiento pesquero.

Sanción

El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado, conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977.

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