El Ministerio de Salud (Minsa) informó que no será necesario que los trabajadores presenten el resultado de una prueba molecular o de antígeno para iniciar el aislamiento comunitario ante la presencia de síntomas compatibles con la COVID-19. También indicaron que tampoco es obligatorio presentar un certificado de descanso médico.

Mediante un comunicado, el Minsa indicó que todo trabajador con síntomas compatibles con covid-19 debe retornar o permanecer en su domicilio para el aislamiento. Esto de acuerdo con la Disposición 2 de la Directiva Administrativa N° 321-MINSA/DGIESP-2021 que establece las medidas para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores.

Imagen referencial.

Refirió que para que el trabajador realice el aislamiento en el ámbito comunitario no es necesario la presentación de un documento que otorgue el descanso médico. Tampoco, el resultado de una prueba molecular o de antígeno para detección de COVID-19. El empleado debe comunicar al empleador su estado de salud para el seguimiento correspondiente.

Mediante el mismo documento, señaló que los trabajadores que retornen a laborar post aislamiento deberán presentar su constancia de descanso médico. El documento podrá ser expedido mediante las siguientes opciones:

Llamando a la Línea 113 o las líneas habilitadas por las Direcciones Regionales de Salud (Diresa) o Gerencias Regionales de Salud (Geresa).

– Ingresando al sistema de https://teleatiendo.minsa.gob.pe/. En estas dos opciones, el certificado será enviado a su correo o celular luego de la atención médica. En un plazo no mayor a 24 horas).

– Siendo atendido por un médico del sistema público o privado.

Finalmente, el Minsa exhortó a los empleadores al cumplimiento de la normativa vigente para evitar la transmisión de COVID-19 en el centro laboral.

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