Los viajes de estudio, visitas culturales, jornadas o paseos que realizan los estudiantes de nuestras Instituciones educativas (IIEE) se realizan con la finalidad de contribuir con su desarrollo integral y logros de aprendizajes y están regulados por la Resolución Viceministerial 086-2015-MINEDU.

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Estas actividades deben contar con un plan de trabajo que detalle sus objetivos que deben estar contemplados en el reglamento interno de los colegios en caso sean eventos que se realizan de manera recurrente durante uno o más periodos lectivos.

Asimismo, los directores de las IIEE tienen como responsabilidad verificar y asegurar que las condiciones en que se desarrolle la actividad permitan resguardar la seguridad e integridad de los estudiantes.

Por ejemplo, que las empresas de transporte y agencias de turismo contratadas cumplan con los requisitos establecidos, como figurar en el directorio nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados del Ministerio de Comercio y Turismo (Turismo).

Las empresas de transporte y agencias de turismo deben estar inscritas en Registros Públicos y tener una Licencia de Funcionamiento, SOAT entre otros.

Autorización de los padres

De otro lado, todo viaje o actividad que se desarrolle fuera de la escuela e involucre a estudiantes menores de edad, debe contar con la autorización escrita de los padres y madres de familia o apoderados.

Es recomendable que, en sus respectivos roles, las familias, directivos y docentes definan los destinos de viaje teniendo en cuenta las condiciones sociales, geográficas y de otro tipo para mitigar riesgos, como lo ocurrido en los últimos días con delegaciones de estudiantes en Ecuador.

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