El matrimonio es la unión voluntaria entre dos personas, este puede ser religioso y/o civil. Este último se realiza ante la ley y tiene la finalidad de hacer vida común.
Para ello, debes saber cuáles son los requisitos antes de decir «Sí, acepto» ante el municipio de tu comunidad. Sobre todo, si lo quieres hacer en el distrito de Sullana (Piura).
Requisitos
- Ambos contrayentes deben contar con las copias certificadas de partidas de nacimiento.
- De igual modo, deben tener copias de DNI (fedateadas), tanto de la pareja como de los testigos.
- Posterior a ello, deben realizar una solicitud de matrimonio civil, esta tiene que ser dirigida a la Municipalidad Distrital de Sullana. El costo de la misma es de S/. 18.91.
- Los certificados médicos prenupciales también se deben tramitar. El costo es de S/. 45.90.
- Otro de los requisitos es emitir un aviso de matrimonio (diario local).
- Asimismo, se debe pagar un derecho matrimonial; su costo es de 101.37 soles y se realiza en el local municipal.
- Por último, realizarás el pago de S/. 14.19 para la exhibición del edicto matrimonial.
¿Qué es el matrimonio civil?
El matrimonio es la unión de dos personas que se realiza voluntariamente ante la ley con el fin de hacer vida común.
Ambos cónyuges tienen iguales derechos, deberes, consideraciones, responsabilidades y autoridad en el hogar.
Asimismo, si tienen hijos, todos estos tienen iguales derechos y los padres están obligados a darles sostenimiento, protección, educación y formación en igual medida, de acuerdo a su situación y posibilidades.
Para contraer Matrimonio Civil debes acudir a la municipalidad distrital o provincial a la que corresponda tu domicilio o el de tu pareja.
Impedimentos para el matrimonio
Existen algunos impedimentos para contraer matrimonio. Entre estos están:
- Estar casado o casada.
- Ser un menor de edad que no ha cumplido aún los 16 años
- Padecer una enfermedad crónica, contagiosa o transmisible por herencia.
- Padecer una enfermedad mental crónica, incluso si se tiene intervalos lúcidos.
- Tener una discapacidad (visual, auditiva o vocal) en un grado que impida expresar sin lugar a duda la voluntad de casarse. Si la persona puede expresar su voluntad de casarse por lenguaje de señas u otro medio, no hay impedimento.
La información y normas sobre el Matrimonio Civil está contenida en el Libro III, dedicado al Derecho de Familia, del Código Civil Peruano (Decreto Legislativo N° 295). Puedes revisar el Código Civil en la web del Ministerio de Justicia.
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