La Oficina Nacional de Pensiones (ONP) suspendió en el año 2012 la pensión al ciudadano jubilado Manuel Antonio Amaya Ventura indicando que «su pensión estaba siendo suspendida porque en los libros contables de la empresa donde laboró durante 21 años no se encontraban las pigmentaciones que deben presentar los documentos antiguos».
“Argumentaron que eran falsos y que entonces no procedía la cantidad de años que declaró como aportante al Seguro Social”, dice Manuel Amaya, uno de sus hijos.
Aun cuando los temas de carácter legal debían ser discutidos entre la ONP y Velitas Misionera (Gutiérrez Noriega S.A., nombre legal de la empresa en la que laboró Amaya, a través de la cual aportó para su seguro social), la ONP señaló que el mismo Amaya falsificó los documentos.
La sentencia en primera instancia favoreció al jubilado y la sala ordenó que le restituyan su derecho. Sin embargo, la ONP apeló dicho fallo.
“Días después, al final de todo el proceso (con todos los fallos a favor de Amaya), la sala pasó el expediente a la Fiscalía y esta la devolvió sugiriendo que se revoque el fallo a su favor y que gane la ONP”, dice el hijo de Amaya.
Mañana, martes 15, se definirá el futuro legal del denunciado, quien, según sus familiares, tendrá una desventaja frente a la ONP porque la notificación no llegó (o no la vio) a tiempo a la abogada.
Frente a estos hechos, el jubilado no podrá dar su descargo de manera oral en el juzgado, pero la entidad estatal sí podrá hacerlo. Esto colocaría en un evidente desbalance la apelación emitida.
La familia Amaya buscó ayuda en otros organismos (Defensoría del Pueblo), pero esta indica que solo puede acelerar el proceso por tratarse de un adulto mayor, pero no puede interferir en la labor del Poder Judicial.
En los fundamentos de la decisión, la ONP dice que “los libros de planillas analizados no aparentan antigüedad de la data de apertura, al presentar los folios algunas manchas parduzcas, pero en general se encuentran en buen estado de conservación; no presentando los hongos y pigmentación característicos del envejecimiento natural (…) En consecuencia dichos documentos revisten la calidad de irregulares”.
RESPUESTA DE LA ONP
Fuentes de la ONP declararon a El Comercio que la antigüedad de los documentos no es el único argumento que llevó a la entidad a suspender su pensión, sino también una incongruencia entre firmas de los titulares de la empresa donde laboró el jubilado.
“La pensión se suspendió luego de una pericia grafotécnica, a cargo de especialistas acreditados, que concluyó que la firmas atribuidas a las personas que figuran como empleadores no corresponden al puño de sus titulares en los documentos presentados para acceder a la pensión. Igualmente, el análisis biológico del papel empleado indica que este papel utilizado no corresponde a la antigüedad de la fecha que consignan los documentos”, detalló la fuente.
Ante ello, Amaya cree que las firmas de los titulares de la empresa donde trabajo no deberían intervenir en la suspensión de sus beneficios, y que tanto su certificado de trabajo como su certificado de aportes y remuneraciones son pruebas suficientes para poder recibir su derecho.
Fuente: El Comercio