A través de un decreto supremo, el Gobierno fijó los beneficios sociales para los docentes de universidades públicas del país, tales como CTS, asignación al cumplir 25 y 30 años de servicio y bonificaciones por sepelio y luto.

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La norma, publicada en el diario El Peruano, fue impulsada por la Dirección General de Educación Superior Universitaria (Digesu) del Ministerio de Educación a fin de implementar los beneficios sociales para docentes ordinarios de universidades públicas.

Cabe precisar que su financiamiento se realiza con cargo al presupuesto institucional de las universidades públicas sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

Beneficios

Respecto a la CTS, por el tiempo de servicio prestado a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, el docente ordinario de la universidad pública percibirá el 50% de su remuneración mensual correspondiente, por año de servicio o de manera proporcional por cada es o día.

Sobre la asignación económica por cumplir 25 y 30 años de servicios, el docente ordinario de la universidad pública percibirá un equivalente a dos (2) remuneraciones mensuales correspondientes a su categoría docente y régimen de dedicación al cumplir 25 años de servicios.

Del mismo modo, el docente ordinario recibirá una asignación económica equivalente a tres (3) remuneraciones mensuales correspondientes a su categoría y régimen de dedicación al cumplir 30 años de servicios.

Sepelio y luto

Por último, se fija el monto de la bonificación por sepelio y luto en S/3,000. Esta es otorgada por fallecimiento del docente o por familiar fallecido, sea su cónyuge o conviviente reconocido por ley, sus padres o hijos.

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