Los comerciantes que generen escasez y desabastecimiento para alterar sus precios podrían ser sancionados con hasta ocho años de cárcel.
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El Pleno del Congreso aprobó la ley que sanciona con pena privativa de la libertad la especulación de precios, la adulteración de productos y el acaparamiento en las zonas declaradas en estado de emergencia, calamidad pública o conmoción.
Se debatió el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 731 y otros, que propone la Ley que modifica el Código Penal y el Código de Protección y Defensa del Consumidor, respecto del acaparamiento, especulación y adulteración.
Acción principal
Con 94 votos a favor, cero en contra y 33 abstenciones, los parlamentarios decidieron aprobar una autógrafa de ley que había sido observada por el Poder Ejecutivo en el 2017.
Dependiendo del tipo de falta la pena será de entre dos y ocho años de cárcel. Esto también se sancionará con entre 180 y 365 días de inhabilitación y multa.
Antes de la decisión del Pleno, por mayoría se rechazó una cuestión previa para que el texto retorne a la Comisión de Justicia. Los resultados de las votaciones fueron 46 a favor, 79 en contra y una abstención.
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— Manuel Merino De Lama (@MerinoDeLama) June 4, 2020