A través de la Ordenanza Municipal N° 14-2018-MDLU/A, la comuna unionense ha señalado las zonas restringidas para la propaganda política electoral en el “Corazón del Bajo Piura”
Se trata de las siguientes zonas de dominio público en el centro de La Unión: calle Lima (desde jirón La Isla hasta la calle Augusto B. Leguía), calle Chepa Santos (desde la calle Lima hasta la calle Callao), calle Sinchi Roca (desde la calle Callao hasta la calle Unión).
La ordenanza dictada por el Concejo de la Municipalidad Distrital de La Unión se aprobó en la Sesión Ordinaria N° 019-2018 de fecha 25 de junio.
El objetivo de esta norma de alcance local es contribuir en el cumplimiento de las normas legales en materia electoral, así como regular complementariamente la propaganda política. Busca regular la instalación de paneles pintados y pegados de publicidad electoral, así como la instalación de altoparlantes y otros medios audiovisuales.
La finalidad de esta medida es regular la difusión de la propaganda electoral en la jurisdicción del distrito de La Unión, a fin de preservar la tranquilidad y el orden público, así como el ornato de la ciudad, sancionando a quienes alteren el ordenamiento legal.
Entre sus disposiciones, la Ordenanza indica la prohibición de la propaganda electoral en oficinas públicas, cuarteles de la Fuerzas Armada, y la Policía Nacional del Perú, locales de la Municipalidad, los locales de colegios profesionales, sociedades públicas de beneficia, entre otros.
Prohíbe también la propaganda sonora en áreas comprendidas a una distancia de mil metros de centros hospitalarios y hospicios y centro educativos.
La propaganda sonora está prohibida entre los 8:00 de la noche y las ocho de la mañana. También se prohíbe el pegado de afiches en los muros, calzadas, sardineles de tránsito, monumentos y sobre publicidad autorizada.
Las infracciones señaladas en esta ordenanza son consideradas graves y en consecuencia se procederá a aplicar las sanciones de manera directa sin necesidad de procedimiento previo o notificación preventiva.
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