Según la Ley 30697, que ha modificado el artículo 84 de la Ley Universitaria (Ley N° 30220), la edad máxima para ejercer la docencia universitaria es de 75 años.
Pasada esta edad, sólo se podrá ejercer el cargo bajo la condición de docentes extraordinarios.
Administrativos
Asimismo, esta también es la edad límite para el ejercicio de cualquier cargo administrativo y/o de gobierno en la universidad.
Cabe recordar, que la edad máxima para el ejercicio de la docencia en las universidades públicas era de 70 años.
La nueva ley fue publicada el sábado 16 de diciembre de 2017 en el diario oficial El Peruano.
Fuente: La Ley