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    Gobierno fortalece capacidad sancionadora del OSIPTEL en beneficio de los usuarios de servicios de telecomunicaciones

    Estuardo Cáceres10 febrero, 2026
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    Gobierno fortalece capacidad sancionadora del OSIPTEL en beneficio de los usuarios de servicios de telecomunicaciones
    Gobierno fortalece capacidad sancionadora del OSIPTEL en beneficio de los usuarios de servicios de telecomunicaciones
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    Con el objetivo de evitar que las empresas de telecomunicaciones posterguen durante años el pago de multas, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) contará con un nuevo marco legal que refuerza la ejecución del cobro efectivo de las sanciones impuestas a las operadoras que incumplan sus obligaciones.

    Mediante Decreto Legislativo n.° 1718, el Poder Ejecutivo modificó la Ley n° 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, e incorporó el artículo 35-A, que establece un régimen disuasivo de ejecución para las resoluciones sancionadoras del organismo regulador. Con esta medida, las multas impuestas por el OSIPTEL se ejecutarán una vez que queden consentidas o cuando se haya agotado la vía administrativa.

    Cambios

    Uno de los principales cambios es que la sola presentación de una demanda judicial ya no suspenderá automáticamente la ejecución coactiva de una multa. A partir de ahora, la empresa operadora que impugne una sanción deberá, además, otorgar una carta fianza bancaria a favor del OSIPTEL por un monto equivalente al de la multa impuesta.

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    Esta garantía deberá emitirla una entidad financiera supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), y será irrevocable, solidaria, incondicional y de ejecución inmediata, lo que permitirá al regulador disuadir y asegurar el cobro de la sanción si el proceso judicial concluye con una sentencia favorable. Así se mantiene el equilibrio entre el interés público y el derecho de acceso a la justicia y la defensa de las empresas.

    De esta manera se espera que las empresas operadoras disminuyan comportamientos que afecten la calidad, continuidad y seguridad de los servicios en favor de los usuarios, aumenten su reputación comercial, se reduzcan los costos judiciales para el Estado y las empresas, así como la carga laboral del Poder Judicial, que en el 100 % de los casos se pronuncia a favor del regulador.

    Alto porcentaje de multas

    Cabe indicar que el problema público identificado consiste en el alto porcentaje de multas impuestas por el OSIPTEL que han concluido en la vía administrativa, pendientes de pago entre el periodo 2020 y 2025.

    Al tercer trimestre de 2025, el OSIPTEL registraba un total de 788 multas pendientes de pago, que en conjunto ascienden a más de S/985 millones, incluyendo intereses. De dicho monto, S/739 millones corresponden a 567 multas que se encuentran judicializadas, el mayor volumen de deuda en trámite. Además, 61 multas por S/29 millones se encuentran en proceso de cobranza coactiva, mientras que 160 multas, por un monto de S/217 millones se hallan en proceso de cobro administrativo.

    En ese sentido, con este nuevo régimen se busca reforzar la institucionalidad del OSIPTEL, fortaleciendo la eficacia del sistema sancionador, mejorar la prestación de servicios de telecomunicaciones y desincentivar prácticas dilatorias orientadas a postergar el pago de multas mediante procesos judiciales prolongados. Y con ello, se contribuye a garantizar los derechos de los usuarios, el acceso a la justicia y, en general, al desarrollo del mercado, promoviendo una adecuada prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones.

    Estuardo C.
    Estuardo Cáceres
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    Periodista de la Universidad de Piura. Apasionado por la música, el cine y la literatura. Con vocación por servir a la sociedad e incentivar la igualdad de derechos y el cuidado del medio ambiente y los animales.

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