El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 determinó que el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, infringió el principio de neutralidad electoral. Esto tras difundir en sus redes sociales personales publicaciones que favorecían a Renovación Popular, partido político del cual es presidente.
Uso de obras municipales con fines políticos
De acuerdo con la resolución, el burgomaestre difundió contenido oficial de la Municipalidad Metropolitana de Lima, como inauguraciones de obras, campañas y actividades institucionales. Sin embargo, en dichas publicaciones también se identificaba como actor político, lo que constituiría un beneficio directo para Renovación Popular.
El JEE advirtió además que en las piezas gráficas se incluyó el nombre del alcalde en color celeste, característico de su agrupación política.
Resolución y derivaciones
Mediante la Resolución N.° 05473-2025-JEE-LIC1/JNE, el órgano electoral declaró que López Aliaga quebrantó el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral.
“Se concluye que Rafael Bernardo López Aliaga Cazorla, alcalde de la MML, quebrantó el principio-deber de neutralidad en periodo electoral, al incurrir en la infracción prevista en el subnumeral 32.1.2 del artículo 32 del Reglamento”, señala el documento.
Caso pasará a otras entidades
La decisión ordena remitir los actuados al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y el Concejo Municipal de Lima, a fin de que cada institución actúe según sus competencias.
Finalmente, el JEE exhortó al alcalde a abstenerse de interferir en el proceso electoral. Asimismo, a respetar estrictamente la neutralidad, con el fin de garantizar una contienda justa, imparcial y competitiva.

