La Autoridad Nacional del Agua (ANA) emitió nuevas disposiciones para enfrentar la grave crisis hídrica en Piura, con el objetivo de garantizar el acceso al agua en 34 distritos de siete provincias de la región. Estas medidas buscan facilitar el acceso y uso de agua para las necesidades de la población y el sector agrario mientras se mantenga el estado de emergencia por déficit hídrico.
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Incremento temporal de los volúmenes de agua permitidos
Según la Resolución Jefatural 0427-2024-ANA, publicada en el Diario Oficial El Peruano, la primera medida permite que, durante el estado de emergencia, los titulares de derechos de uso de agua puedan solicitar un aumento en el volumen de agua que les fue otorgado inicialmente. Con solo presentar una solicitud, estos usuarios podrán recibir la autorización necesaria por parte de la Administración Local del Agua (ALA), sin tener que cumplir con otros requisitos adicionales.
La flexibilización temporal de este proceso permite que tanto las necesidades de consumo humano como los requerimientos del sector agrario sean atendidos de forma más eficiente, asegurando el abastecimiento de agua en medio de la emergencia.
Rehabilitación de pozos sin autorización previa
Otra medida destacada es la posibilidad de rehabilitar pozos de agua sin necesidad de obtener una autorización previa. Sin embargo, esta disposición exige que los usuarios notifiquen a la Administración Local del Agua en un plazo de hasta 10 días hábiles luego de haber iniciado la rehabilitación. La ANA especificó, además, que esta medida no permite reprofundizar los pozos ni exime a los usuarios de tramitar autorizaciones posteriores si son necesarias.
Esta acción responde a la urgencia de garantizar el abastecimiento de agua de manera rápida y eficaz, permitiendo que los pozos sean reacondicionados para satisfacer las necesidades de la población y el sector agrícola durante el estado de emergencia.
Autorización temporal para suministro de agua subterránea
Como tercera medida, la ANA habilitó la opción de que los titulares de licencias de uso de agua puedan suministrar agua subterránea a terceros en circunstancias en las que cuenten con excedentes. Para ello, las partes deben firmar un convenio de prestación de servicio, y la autorización será temporal.
La ANA explicó que esta medida se dirige a prestadoras de servicios de saneamiento oficialmente reconocidas y a usuarios que formen parte de organizaciones de usuarios de agua, permitiendo así una gestión más colaborativa del recurso hídrico en tiempos de crisis.