Las comisiones de Trabajo y de Economía del Congreso han dado un paso importante al respaldar el dictamen que permitiría a los trabajadores retirar el 100% de sus depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta finales de 2024.
Esta medida pretende ofrecer un alivio financiero crucial frente a la recesión y la crisis económica que enfrenta el país.
Dictamen del retiro CTS 2024: ¿qué falta para su aprobación?
Después de obtener la aprobación de ambas comisiones, el dictamen ahora espera su inclusión en la agenda del pleno del Congreso. Sin embargo, antes de que esto suceda, se necesita un acuerdo previo de la Junta de Portavoces para priorizar este tema y definir la fecha exacta de la sesión plenaria en la que se debatirá y aprobará este proyecto de ley.
Debido a la Semana de Representación Parlamentaria que se llevará a cabo la próxima semana (del 22 al 26 de abril), no habrá sesiones plenarias, lo que significa que el tema del retiro de la CTS podría discutirse durante las sesiones programadas para la primera semana de mayo.
Proceso de promulgación
Una vez que el dictamen se apruebe en el pleno, se enviará a la Presidenta de la República para su promulgación, la cual debe realizarse dentro de un plazo de 15 días. En caso de observación por parte del Ejecutivo, el proyecto de ley regresará al Congreso para su revisión; de lo contrario, si se publica, entrará en vigencia al día siguiente.
Detalles sobre el retiro
El proyecto de ley autoriza a los trabajadores a disponer del 100% de sus depósitos de CTS, lo que significa que podrán retirar todo el monto acumulado hasta la fecha de promulgación de la norma.
Antecedentes legales
Anteriormente, la Ley 31480, promulgada en mayo de 2022, permitía a los trabajadores retirar el 100% de sus depósitos de CTS hasta el 31 de diciembre de 2023. Tras la expiración de esta ley, actualmente rige una norma que solo permite disponer libremente del excedente de cuatro remuneraciones de los depósitos de CTS, una medida aprobada antes de la pandemia.
Información sobre la CTS
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio que se otorga a todos los trabajadores en planilla que laboran al menos cuatro horas diarias. Este beneficio corresponde a una remuneración anual y se deposita dos veces al año: la primera parte en mayo, que equivale al 50% del sueldo sin descuentos del trabajador más la sexta parte de la última gratificación recibida; y la segunda parte en noviembre, con el mismo equivalente.
En 2024, el 50% correspondiente a mayo debe ser depositado durante los primeros 15 días de dicho mes, y el otro 50%, en los primeros 15 días de noviembre del mismo año.