El ministro de Economía y Finanzas, José Arista, anunció que el Ejecutivo decidió no observar la ley que autoriza el retiro de fondos de las AFP hasta por 4 UIT (S/ 20.600), aprobada por el Congreso el 11 de abril.

Arista señaló que la decisión se tomó en respuesta a la alta votación que recibió la norma en el Congreso, considerando que no es oportuno demorar más su promulgación.

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Por otro lado, el ministro se pronunció sobre la aprobación en comisiones del dictamen que autoriza el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) de los trabajadores. Ello, de manera excepcional hasta el 31 de diciembre de 2024. El economista solicitó al Parlamento que respete un tiempo mínimo de cuatro meses de desempleo al autorizar este retiro.

En cuanto al procedimiento para el retiro de fondos de AFP, los afiliados pueden presentar su solicitud de manera física o virtual. Esto siempre dentro de los noventa días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la ley. Luego a ello, se abonará un monto de hasta una UIT cada treinta días calendario. El primer desembolso se realizará a los treinta días de presentada la solicitud. Si el afiliado desiste de continuar retirando los fondos, puede solicitarlo por única vez diez días antes del siguiente desembolso.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP determinará, mediante reglamento, el procedimiento operativo para el retiro. Eso, en un plazo que no excederá de quince días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la ley.

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