Subsidios EsSalud 2024. El Seguro Social de Salud del Perú anunció cuatro subsidios económicos que representan un respaldo financiero crucial en situaciones especiales. Estos incluyen el apoyo a la maternidad, la incapacidad temporal, el cuidado del recién nacido y los gastos funerarios. En la siguiente nota te daremos más información sobre estos beneficios.
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Subsidio por maternidad
El subsidio por maternidad proporciona un apoyo económico durante los 98 días de descanso por nacimiento. Equivalente a la remuneración mensual de la asegurada titular. Para acceder a este subsidio, se requiere:
- La asegurada regular debe haber realizado tres meses consecutivos de aportaciones, o cuatro meses no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al mes en que comienza el goce del subsidio.
- Mantener un vínculo laboral tanto al iniciar como durante el periodo de subsidio.
- Debe haber tenido vínculo laboral en el mes de la concepción.
- Las aseguradas de régimen especial, así como las pescadoras y procesadoras pesqueras artesanales independientes, deben haber pagado el aporte del mes de la concepción antes de presentar la solicitud.
- Completar y firmar el formulario 1040.
- Contar con un Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) que justifique los 98 días de descanso por alumbramiento.
Subsidio por incapacidad temporal
En cuanto al subsidio por incapacidad temporal, este compensa las pérdidas económicas causadas por la imposibilidad de trabajar debido a problemas de salud. Los requisitos incluyen:
- Los asegurados regulares deben haber realizado tres meses consecutivos de aportaciones, o cuatro meses no consecutivos, dentro de los seis meses anteriores al mes en que se inició la incapacidad.
- Los trabajadores pesqueros bajo la Ley N° 28320 deben contar con dos aportes consecutivos o no consecutivos pagados en los seis meses calendario anteriores al mes en que se comenzó la incapacidad.
- Los asegurados pescadores y procesadores pesqueros artesanales independientes deben haber realizado tres contribuciones mensuales consecutivas.
- El trabajador debe mantener un vínculo laboral tanto al inicio como durante el periodo de subsidio.
- En caso de accidente, basta con que exista afiliación.
- Completar y firmar el formulario 1040.
- Presentar el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) emitido al trabajador.
- Llenar los datos en el formulario de los certificados médicos particulares durante los primeros 20 días de incapacidad, asegurándose de que estén completos y legibles.
- Mostrar el DNI del asegurado o del representante legal de la entidad empleadora en caso de pago directo, a menos que cuente con Registro de Firmas en EsSalud.
Subsidio por lactancia
El subsidio por lactancia es un apoyo económico destinado a madres de recién nacidos cuyos padres son asegurados titulares de EsSalud. Este subsidio consiste en la entrega de S/ 820 por cada hijo recién nacido vivo y requiere ciertos criterios de elegibilidad, como:
- Haber realizado aportes al sistema durante al menos tres meses de forma consecutiva o cuatro meses no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al inicio de la contingencia (el nacimiento).
- Mantener un vínculo laboral al momento del nacimiento.
- El recién nacido debe estar registrado como beneficiario del asegurado titular.
- En caso de que la madre no sea la titular del seguro, debe estar inscrita en EsSalud.
- Completar y firmar el formulario 1040, junto con presentar el documento de identidad original.
Prestación por sepelio
Por último, la prestación por sepelio brinda un monto en dinero a quienes hayan sufragado los gastos de servicios funerarios tras el fallecimiento de un asegurado titular. Los requisitos incluyen :
- El asegurado regular titular debe haber realizado tres meses consecutivos de aportaciones, o cuatro meses no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al mes de su fallecimiento.
- El trabajador debe mantener un vínculo laboral en el momento del deceso.
- Los pensionistas deben conservar su condición al momento del acontecimiento.
- Completar y firmar el formulario 1040.
- Presentar comprobantes de pago originales por los gastos funerarios, los cuales deben hacer referencia al nombre del asegurado fallecido y estar emitidos a nombre del familiar o tercero que realizó el desembolso.
- Los comprobantes de pago deben llevar el sello que indique “Comprobante de Pago para Uso Exclusivo por EsSalud”.
- En caso de que los gastos sean asumidos por un tercero, se debe contar con una Declaración Jurada del familiar que reconozca dicho desembolso.
Se puede obtener información detallada sobre requisitos y procesos de solicitud visitando la página web oficial de EsSalud o contactando a través de la línea gratuita 107.