La nueva gestión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), liderada por el ministro Richard Tineo, exhorta a que se respete el carné amarillo en el transporte público. Este documento, emitido por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), otorga a las personas con discapacidad severa el pase libre en el servicio de transporte público terrestre urbano e interurbano.
El carné amarillo no tiene costo alguno y se puede tramitar vía Internet. Además, tiene un código QR que puede ser leído por cualquier móvil para corroborar que la persona que lo porta tiene discapacidad.
A nivel nacional existen 199 864 personas inscritas en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad Severa. De esa cifra global, en Lima Metropolitana hay 47 768, en Lima Provincias 5768, en Amazonas 6561, en Áncash 6307, en Apurímac 5524, en Arequipa 6393, en Ayacucho 5419, en Cajamarca 12 245, en el Callao 6509, en Cusco 9432, en Tumbes 2833 y en Ucayali 3262.
Asimismo, en Huancavelica hay 4201, en Huánuco 7988, en Ica 5321, en Junín 6872, en La Libertad 10288, en Lambayeque 6266, en Loreto 4227, en Madre de Dios 841, en Moquegua 1322, en Pasco 3629, en Piura 15486, en Puno 6634, en San Martín 7195 y en Tacna 1573.
Carné amarillo
Para obtener el carné amarillo se debe ingresar a la página web del Conadis (http://sirnpdpide.conadisperu.gob.pe/) y en el punto ‘Mi registro en todo el Perú’ se introduce el Certificado de Discapacidad que se otorgan en los centros hospitalarios acreditados por el Ministerio de Salud o clínicas autorizadas.
En dicho certificado se debe especificar que la persona tiene discapacidad severa. Este documento, junto al procedimiento de inscripción gratuito en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, permitirá obtener el carné amarillo.
Las empresas de transporte público que no respeten la validez del carné amarillo pueden ser denunciadas ante la comisaría más cercana, las sedes del MTC, la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) o el Conadis.
Cabe anotar que los fiscalizadores de la ATU están encargados de verificar que no se vulnere el mencionado derecho y tienen la facultad de multar a la empresa de transportes que incumpla la norma. Esta podría recibir una sanción de hasta el 20% de una UIT, más la suspensión de la habilitación del vehículo para prestar el servicio.
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